Por qué debe conservar sus libros de comercio 10 años, según el Código de Comercio
Toda empresa colombiana que lleva contabilidad tiene una obligación legal de conservación documental que muchas veces se pasa por alto hasta que ya es tarde -- cuando el disco donde vivía esa información falla sin respaldo.
Qué dice la norma
El artículo 60 del Código de Comercio de Colombia (modificado por el artículo 28 de la Ley 962 de 2005) exige conservar los libros y papeles de comercio por un mínimo de 10 años, contados desde el cierre de los mismos o la fecha del último asiento, documento o comprobante. Esto aplica sin importar si esos libros se llevan en papel o en medio electrónico.
El riesgo real de tener esto solo en un disco sin monitorear
La contabilidad de 10 años de una pyme puede vivir hoy completa en un solo disco duro de un servidor o computador de oficina, sin que nadie note el deterioro hasta que ya es demasiado tarde -- un disco duro muchas veces no falla de golpe, sino que va reportando señales (sectores reasignados, pendientes, temperatura anormal) a veces semanas o meses antes de fallar del todo, aunque las fallas súbitas también ocurren.
Qué reduce el riesgo real
- Monitorear la salud del disco donde vive la contabilidad, no solo confiar en que "hasta ahora ha funcionado bien".
- Mantener al menos un respaldo fuera de ese mismo disco (regla 3-2-1).
- Guardar la huella de integridad de sus respaldos -- una huella SHA-256 apoya verificar que un archivo no cambió desde que se generó (no reemplaza una auditoría).
Esta guía es información general, no asesoría jurídica ni contable. El cumplimiento tributario y contable integral corresponde a cada empresa, con el acompañamiento de su contador público.
Este artículo es informativo; DiskVigía no garantiza detectar todas las fallas ni sustituye las copias de seguridad. No es asesoría jurídica.
Vigile la salud de sus discos sin esfuerzo
DiskVigía traduce S.M.A.R.T. a un puntaje simple y le alerta ante señales de deterioro. 1 equipo gratis para siempre.
Empezar gratis