Conservacion de historia clinica en Colombia: 20 anos, segun la Resolucion 1995 de 1999
Para cualquier consultorio, clinica o IPS en Colombia, la conservacion de la historia clinica no es una buena practica opcional -- es una obligacion legal con un plazo minimo especifico.
Que dice la norma
La Resolucion 1995 de 1999 del Ministerio de Salud, en su articulo 15, establece que la historia clinica debe conservarse por un minimo de 20 anos contados a partir de la ultima atencion, sin importar el medio en que se almacene (fisico o electronico).
Lo que la norma no perdona: la obligacion no desaparece si el disco falla
Si la historia clinica se guarda en medios digitales, la obligacion de conservacion sigue vigente exactamente igual que en papel. Un disco duro que falla y se lleva 5 anos de historias clinicas sin respaldo no es un accidente sin consecuencias -- es un incumplimiento del plazo legal de conservacion, con las implicaciones que eso conlleva frente a una auditoria o un requerimiento posterior.
Que puede hacer una IPS o consultorio pequeno, en la practica
- Monitorear la salud de los discos donde vive esa informacion, para detectar deterioro antes de perder datos.
- Mantener respaldos verificados, no solo "una copia que se hizo alguna vez".
- Contar con evidencia tecnica (por ejemplo, una huella digital SHA-256 de los archivos) que demuestre que la informacion no fue alterada.
Esta guia es informacion general, no asesoria juridica. El cumplimiento normativo integral de la conservacion de historias clinicas corresponde a cada entidad de salud, con el acompanamiento de su asesor legal.
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